Aviso jurídico importante
Conclusiones del Abogado General Jacobs presentadas el 19 de abril de 1989. - COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS CONTRA REINO DE LOS PAISES BAJOS. - INCUMPLIMIENTO DE ESTADO - OBLIGACION DE AFILIACION A UN ORGANISMO DE CONTROL PARA LA IMPORTACION Y EXPORTACION DE MATERIAL DE REPRODUCCION VEGETAL. - ASUNTO 43/88.
Recopilación de Jurisprudencia 1989 página 01649
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Conclusiones del abogado general
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El Abogado General, Sr. F.G. Jacobs, presentó sus conclusiones el 19 de abril de 1989.(* )En ellas proponía que el Tribunal de Justicia declarase que, al supeditar a la afiliación obligatoria a un organismo de control nacional la importación y exportación, así como la oferta destinada a la exportación, con carácter profesional, de material de reproducción de plantas agrícolas, hortalizas, especias, árboles frutales y determinadas esencias de hierbas, el Reino de los Países Bajos ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de los Reglamentos nº 234/68 y nº 2358/71 y, en cuanto concierne a las patatas de siembra, en virtud de los artículos 30 y 34 del Tratado CEE. Procede, por otra parte, condenar en costas a los Países Bajos.
(*) Lengua original: inglés.
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