CONCLUSIONES DEL ABOGADO GENERAL
El Abogado General Sr. Jean Mischo presentó sus conclusiones el 11 de enero de 1990. ( *1 )En ellas proponía que el Tribunal de Justicia diera las siguientes respuestas a las cuestiones del Finanzgericht München:
1)
Debe interpretarse que la partida 71.16 delarancel aduanero común comprendía, desde antes de la adopción del. Reglamento no 3558/81 de la Comisión, de 8 de diciembre de 1981, los vastagos para las. orejas del tipo indicado en este Reglamento.
2)
Debe interpretarse que la subpartida 84.59 E II comprende las pistolas destinadas a perforar el lóbulo de la oreja colocando en él el objeto al que se refiere la primera cuestión.
( *1 ) Lengua original: francés.
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