SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA
de 10 de diciembre de 1991 ( *1 )
En el asunto C-192/90,
Comisión de las Comunidades Europeas, representada por el Sr. Ricardo Gosalbo Bono, miembro del Servicio Jurídico, en calidad de Agente, que designa como domicilio en Luxemburgo el despacho del Sr. Roberto Hayder, representante del Servicio Jurídico, Centre Wagner, Kirchberg,
parte demandante,
contra
Reino de España, representado por los Sres. Carlos Bastarreche Sagües, Director General de Coordinación Jurídica e Institucional Comunitaria, y Antonio Hierro Hernández-Mora, Abogado del Estado ante el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, en calidad de Agentes, que designa como domicilio en Luxemburgo la sede de la Embajada de España, 4-6, boulevard Emmanuel Servais,
parte demandada,
que tiene por objeto que se declare que el Reino de España ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del Tratado CEE, al no comunicar los programas para reducir el peso y/o el volumen de los envases para alimentos líquidos, contenidos en los residuos domésticos que deben eliminarse definitivamente, con arreglo al artículo 3 de la Directiva 85/339/CEE del Consejo, de 27 de junio de 1985, relativa a los envases para alimentos líquidos (DO L 176, p. 18; EE 15/06, p. 22), y/o al no establecer dichos programas,
EL TRIBUNAL DE JUSTICIA,
integrado por los Sres.: F.A. Schockweiler, Presidente de Sala, en funciones de Presidente; F. Grévisse y P.J.G. Kapteyn, Presidentes de Sala; G.F. Mancini, C.N. Kakouris, J.C. Moitinho de Almeida, M. Diez de Velasco, M. Zuleeg y J.L. Murray, Jueces;
(no se transcriben los fundamentos de Derecho)
decide :
1)
Declarar que el Reino de España ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del Tratado, al no establecer los programas para reducir el peso y/o el volumen de los envases para alimentos líquidos, contenidos en los residuos domésticos que deben eliminarse definitivamente, con arreglo al artículo 3 de la Directiva 85/339/CEE del Consejo, de 27 de junio de 1985, relativa a los envases para alimentos líquidos.
2)
Condenar en costas al Reino de España.
( *1 ) Lengua de procedimienco: español.
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