Índice
Palabras clave
1 Procedimiento - Costas - Tasación - Elementos que han de tomarse en consideración
(Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Primera Instancia, art. 92, ap. 1)
2 Procedimiento - Costas - Tasación - Costas recuperables - Concepto - Intervención de varios Abogados
[Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Primera Instancia, art. 91, letra b)]
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1 A falta de disposiciones comunitarias en materia de aranceles profesionales, corresponde al Juez comunitario, cuando procede a la tasación de las costas, apreciar libremente los datos cuestionados, teniendo en cuenta el objeto y la naturaleza del litigio, su importancia desde el punto de vista del Derecho comunitario, así como las dificultades del asunto, la amplitud del trabajo que el proceso contencioso pudo causar a los Agentes o Asesores que intervinieron y los intereses económicos que el litigio representó para las partes.
A este respecto, la posibilidad de que el Juez comunitario aprecie el valor del trabajo realizado por un Abogado depende de la precisión de la información facilitada.
2 Si bien, en principio, únicamente la remuneración de un solo Abogado puede considerarse comprendida dentro del concepto de «gastos necesarios» a efectos de la letra b) del artículo 91 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Primera Instancia, procede tener en cuenta principalmente el número total de horas de trabajo que puedan resultar objetivamente necesarias para el proceso contencioso, al margen del número de Abogados entre los que se pudieron distribuir los servicios prestados.
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