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Palabras clave
Recurso de anulación - Actos susceptibles de recurso - Concepto - Actos que producen efectos jurídicos obligatorios - Propuestas de reglamento - Actos de trámite
(Tratado CE, arts. 173, párr. 4 y 235)
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Constituyen actos o decisiones susceptibles de ser objeto de recurso de anulación aquellas medidas que producen efectos jurídicos obligatorios que afecten a los intereses del demandante, modificando de forma caracterizada su situación jurídica. Más concretamente, cuando se trata de actos o de decisiones cuya elaboración se lleva a cabo en varias fases, en principio sólo cumplen este requisito las medidas que fijan definitivamente la posición de la Institución afectada al término del procedimiento.
De ello se deduce que las medidas preliminares o de puro trámite, tales como las propuestas de Reglamento sometidas por la Comisión al Consejo en el marco del procedimiento descrito en el artículo 235 del Tratado, no pueden ser objeto de un recurso de anulación.
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