Índice
Palabras clave
1 Recurso de anulación - Recurso dirigido contra una Decisión de ejecución por la que se autoriza una ayuda de Estado anulada - Adopción por la Comisión de una nueva Decisión de autorización de la ayuda, no confirmatoria de la Decisión de ejecución impugnada, sino que sustituye a ésta - Interés en el mantenimiento del recurso contra la Decisión de ejecución - Inexistencia
[Tratado CE, art. 173 (actualmente art. 230 CE, tras su modificación)]
2 Procedimiento - Adaptación de las pretensiones durante la sustanciación del proceso - Modalidades - Mera manifestación de la intención de impugnar un acto - Carácter insuficiente
(Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Primera Instancia, art. 44)
Índice
1 Cuando el órgano jurisdiccional comunitario anula todas las disposiciones de una Decisión de la Comisión por la que se autoriza una ayuda de Estado, dicha anulación priva de base jurídica y de razón de ser a las Decisiones de ejecución mediante las cuales la Comisión autorizó el pago de los diferentes tramos de la ayuda. El acto mediante el cual la Comisión posteriormente reafirma la compatibilidad de la ayuda con el mercado común y autoriza una vez más el pago de los tramos de la ayuda debe considerarse un acto autónomo, que sustituye a las Decisiones de autorización anteriores, y no un acto meramente confirmatorio de éstas.
La adopción de este nuevo acto, que tiene carácter constitutivo, y por ende innovador, por lo que respecta a las autorizaciones de pago de los tramos de la ayuda, origina la pérdida de todo interés legítimo en mantener un recurso que tiene por objeto la anulación de una Decisión anterior por la que se autoriza el pago de un tramo de la ayuda.
(véanse los apartados 32 a 36)
2 Al no poder hacer las veces de una demanda conforme a lo establecido en el artículo 44 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Primera Instancia, la mera manifestación de la intención de impugnar un acto determinado no puede asimilarse a una adaptación de las pretensiones de un recurso durante la sustanciación del proceso, facultad que se confiere al demandante en circunstancias especiales y con carácter excepcional.
(véase el apartado 41)
Full & Egal Universal Law Academy