Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Cuarta ampliada) de 17 de marzo de 2005 — Philips/Consejo
(Asunto T‑177/00)
«Dumping — No adopción por el Consejo de una propuesta de reglamento de la Comisión por el que se establece un derecho antidumping definitivo — No obtención de la mayoría simple necesaria para la adopción del reglamento — Obligación de motivación»
1. Recurso de anulación — Actos recurribles — Concepto — Actos que producen efectos jurídicos obligatorios — No adopción de una propuesta de reglamento por el que se establece un derecho antidumping — Relevancia del carácter reglamentario del procedimiento antidumping — Irrelevancia [Art. 230 CE; Reglamento (CE) nº 384/96 del Consejo, art. 6, ap. 9] (véanse los apartados 30 a 32)
2. Actos de las instituciones — Motivación — Obligación — Alcance — No adopción de una propuesta de Reglamento por el que se establece un derecho antidumping definitivo [Art. 253 CE; Reglamento (CE) nº 384/96 del Consejo] (véase el apartado 35)
Objeto
Anulación de la decisión del Consejo, de 8 de mayo de 2000, de rechazar la propuesta de Reglamento (CE) del Consejo por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de determinadas partes de equipos de cámaras de televisión originarias de Japón, presentada por la Comisión de las Comunidades Europeas el 7 de abril de 2000 [documento COM(2000) 195 final].
Fallo
Anular la decisión del Consejo de 8 de mayo de 2000 de rechazar la propuesta de Reglamento (CE) del Consejo por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de determinadas partes de equipos de cámaras de televisión originarias de Japón, presentada por la Comisión de las Comunidades Europeas el 7 de abril de 2000 [documento COM(2000) 195 final].
Condenar en costas al Consejo de la Unión Europea.
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