Índice
Palabras clave
1 Procedimiento sobre medidas provisionales - Suspensión de la ejecución - Medidas provisionales - Requisitos para su concesión - Fumus boni iuris - Perjuicio grave e irreparable - Carácter acumulativo
(Arts. 242 CE y 243 CE; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Primera Instancia, art. 104, ap. 2)
2 Actos de las Instituciones - Motivación - Obligación - Alcance - Reglamentos
(Art. 253 CE)
Índice
1 Con arreglo al artículo 104, apartado 2, del Reglamento de Procedimiento, las demandas de medidas provisionales especificarán las circunstancias que den lugar a la urgencia, así como los antecedentes de hecho y los fundamentos de derecho que justifiquen a primera vista la concesión de la medida provisional solicitada (fumus boni iuris). Estos requisitos son cumulativos, de manera que la demanda de medidas provisionales debe ser desestimada cuando no se dé alguno de ellos.
(véase el apartado 32)
2 Si bien la motivación exigida por el artículo 253 CE debe mostrar de manera clara e inequívoca el razonamiento de la autoridad comunitaria de la que emane el acto, de manera que los interesados puedan conocer las razones de la medida adoptada y el Tribunal pueda ejercer su control, sin embargo no se puede exigir que la motivación de los reglamentos especifique los diferentes elementos de hecho o de Derecho que son objeto de los mismos, cuando éstos estén en armonía con el sistema normativo del que forman parte.
(véase el apartado 43)
Full & Egal Universal Law Academy