29.3.2008
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 79/25
Sentencia del Tribunal de Primera Instancia de 12 de febrero de 2008 — BUPA y otros/Comisión
(Asunto T-289/03) (1)
(«Ayudas de Estado - Sistema de igualación de riesgos establecido por Irlanda en el mercado de los seguros de enfermedad privados - Régimen de ayudas - Servicios de interés económico general - Artículo 86 CE, apartado 2 - Decisión de la Comisión de no formular objeciones - Recurso de anulación - Admisibilidad - Principios de necesidad y de proporcionalidad»)
(2008/C 79/48)
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandantes: British United Provident Association Ltd (BUPA) (Londres); BUPA Insurance Ltd (Londres); y BUPA Ireland Ltd (Dublín) (representantes: N. Green, QC, K. Bacon, J. Burke, Barristers, y B. Amory, abogado)
Demandada: Comisión de las Comunidades Europeas (representantes: inicialmente N. Khan y J. Flett, posteriormente N. Khan y T. Scharf, agentes)
Partes coadyuvantes en apoyo de la parte demandada: Reino de los Países Bajos (representante: N. Bel, agente); Irlanda (representantes: D. O'Hagan, agente, asistido por G. Hogan, SC, y E. Regan, Barrister), y Voluntary Health Insurance Board (Dublín) (representantes: D. Collins, G. FitzGerald, D. Clarke, Solicitors, y P. Gallagher, SC)
Objeto
Recurso de anulación interpuesto, en particular, por BUPA Ireland Ltd, prestador de servicios de seguros de enfermedad privados en Irlanda, contra la Decisión C(2003) 1322 final de la Comisión, de 13 de mayo de 2003, de no formular objeciones, en virtud del artículo 4, apartados 2 y 3, del Reglamento (CE) no 659/1999 del Consejo, de 22 de marzo de 1999, por el que se establecen disposiciones de aplicación del artículo 88 CE (DO L 83, p. 1), relativas al establecimiento de un sistema de igualación de riesgos (RES) en el mercado irlandés de los seguros de enfermedad privados (ayuda de Estado N 46/03-Irlanda).
Fallo
1)
Desestimar el recurso.
2)
British United Provident Association Ltd (BUPA), BUPA Insurance Ltd y BUPA Ireland Ltd cargarán con sus propias costas y con las de la Comisión y las del Voluntary Health Insurance Board.
3)
Irlanda y el Reino de los Países Bajos cargarán con sus propias costas.
(1) DO C 264 de 1.11.2003.
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