Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Quinta) de 10 de septiembre de 2009 — Banco Comercial dos Açores/Comisión
(Asunto T‑75/03)
«Ayudas de Estado — Medidas fiscales adoptadas por una entidad regional o local — Reducción de los tipos de gravamen del impuesto sobre la renta de las personas físicas y de las personas jurídicas con domicilio fiscal en las Azores — Decisión por la que se declara el régimen de ayudas parcialmente incompatible con el mercado común y se ordena la recuperación de las ayudas abonadas — Recurso de anulación — Afectación individual — Admisibilidad — Concepto de ayuda de Estado — Carácter selectivo — Perjuicio para la competencia — Perjuicio para los intercambios entre Estados miembros — Igualdad de trato — Confianza legítima — Seguridad jurídica»
1. Recurso de anulación — Personas físicas o jurídicas — Actos que les afectan directa e individualmente — Decisión de la Comisión por la que se prohíbe un régimen de ayudas sectorial — Recurso de una empresa beneficiaria de una ayuda individual concedida en virtud de dicho régimen que debe ser recuperada — Admisibilidad (Art. 230 CE, párr. 4) (véanse los apartados 38 a 47)
2. Ayudas otorgadas por los Estados — Concepto — Carácter selectivo de la medida — Medida fiscal adoptada por una entidad infraestatal — Tipo de gravamen reducido en relación con el tipo de gravamen nacional — Criterios de apreciación (Art. 87 CE, ap. 1) (véanse los apartados 74 y 75)
3. Ayudas otorgadas por los Estados — Perjuicio para los intercambios entre Estados miembros — Perjuicio para la competencia — Criterios de apreciación (Art. 87 CE, ap. 1) (véanse los apartados 86 y 87)
4. Ayudas otorgadas por los Estados — Prohibición — Excepciones — Facultad de apreciación de la Comisión — Control jurisdiccional — Límites (Art. 87 CE, ap. 3) (véase el apartado 100)
5. Ayudas otorgadas por los Estados — Decisión de la Comisión — Distinción entre dos sectores basada en datos transmitidos por el Estado miembro interesado — Violación del principio de igualdad de trato — Inexistencia [Art. 87 CE, ap. 3, letra a)] (véanse los apartados 111 a 116)
6. Ayudas otorgadas por los Estados — Recuperación de una ayuda ilegal — Ayuda concedida infringiéndose las normas de procedimiento del artículo 88 CE, apartado 3 — Confianza legítima eventual de los beneficiarios — Seguridad jurídica — Protección — Requisitos y límites (Art. 88 CE, ap. 3) (véanse los apartados 124 a 126)
Objeto
Pretensión de que se anule la parte final del artículo 1, así como los artículos 2, 3 y 4 de la Decisión 2003/442/CE de la Comisión, de 11 de diciembre de 2002, relativa a la parte del régimen que adapta el sistema fiscal nacional a las particularidades de la Región Autónoma de las Azores en lo relativo a las reducción de los tipos del impuesto sobre la renta (DO 2003, L 150, p. 52).
Fallo
1)
Desestimar el recurso.
2)
Banco Comercial dos Açores, SA cargará con sus propias costas así como con las de la Comisión de las Comunidades Europeas.
3)
Banco Espírito Santo dos Açores, SA cargará con sus propias costas.
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