Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Tercera) de 15 de diciembre de 2005 — BIC/OAMI (Forma de un encendedor electrónico)
(Asunto T‑263/04)
«Marca comunitaria — Marca tridimensional en forma de un encendedor electrónico — Motivo de denegación absoluto — Carácter distintivo — Artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) nº 40/94 — Carácter distintivo adquirido por el uso — Artículo 7, apartado 3, del Reglamento (CE) nº 40/94»
1. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Marcas carentes de carácter distintivo — Marca tridimensional — Forma de un encendedor electrónico [Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo, art. 7, ap. 1, letra b)] (véase el apartado 34)
2. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Marcas carentes de carácter distintivo — Excepción — Adquisición por el uso — Criterios de apreciación [Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo, art. 7, ap. 3] (véanse los apartados 61 a 66)
Objeto
Recurso de anulación de la Resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI, de 6 de abril de 2004 (asunto R 469/2003‑4), relativa al registro como marca comunitaria de un signo tridimensional constituido por la forma de un encendedor electrónico.
Datos relativos al asunto
Solicitante de la marca comunitaria:
BIC SA
Marca comunitaria solicitada:
Marca tridimensional en forma de un encendedor
Decisión del examinador:
Denegación del registro
Resolución de la Sala de Recurso:
Desestimación del recurso
Fallo
Desestimar el recurso.
Condenar en costas a la demandante.
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