15.8.2008
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 209/2
Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 1 de julio de 2008 — Reino de Suecia, Maurizio Turco/Consejo de la Unión Europea, Reino de Dinamarca, República de Finlandia, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Comisión de las Comunidades Europeas
(Asuntos acumulados C-39/05 P y C-52/05 P) (1)
(Recurso de casación - Acceso a los documentos de las instituciones - Reglamento (CE) no 1049/2001 - Dictámenes jurídicos)
(2008/C 209/02)
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Recurrentes: Reino de Suecia (representantes: K. Wistrand y A. Falk, agentes), Maurizio Turco (representantes: O. Brouwer y C. Schillemans, advocaten)
Parte coadyuvante en casación: Reino de los Países Bajos (representantes: H.G. Sevenster, C.M. Wissels y M. de Grave, agentes)
Otras partes en el procedimiento: Consejo de la Unión Europea (representantes: J.-C. Piris, M. Bauer y B. Driessen, agentes), Reino de Dinamarca (representante: B. Weis Fogh, agente), República de Finlandia (representantes: A. Guimaraes-Purokoski y J. Heliskoski, agentes), Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (representantes: V. Jackson, S. Nwaokolo y T. Harris, agentes, y J. Stratford, Barrister), Comisión de las Comunidades Europeas (representantes: M. Petite, C. Docksey y P. Aalto, agentes)
Objeto
Recurso de casación interpuesto contra la sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Quinta) de 23 de noviembre de 2004, Turco/Consejo (asunto T-84/03), mediante la cual el Tribunal de Primera Instancia desestimó el recurso T-84/03 que tenía por objeto la anulación de la Decisión del Consejo por la que se deniega parcialmente la solicitud presentada por el Sr. Turco para acceder a determinados documentos recogidos en el orden del día de la reunión 2455 del Consejo «Justicia y Asuntos de Interior», de los días 14 y 15 de octubre de 2002.
Fallo
1)
Anular la sentencia del Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas de 23 de noviembre de 2004, Turco/Consejo (T-84/03), en la medida en que se refiere a la decisión del Consejo de la Unión Europea de 19 de diciembre de 2002 por la que se denegó al Sr. Turco el acceso al dictamen del Servicio Jurídico del Consejo no 9077/02, relativo a una propuesta de directiva del Consejo en la que se establecían normas mínimas relativas a la recepción de los solicitantes de asilo en los Estados miembros, y en la medida en que se condena al Sr. Turco y al Consejo a cargar cada uno con la mitad de las costas.
2)
Anular la decisión del Consejo de la Unión Europea de 19 de diciembre de 2002 por la que se denegó al Sr. Turco el acceso al dictamen del Servicio Jurídico del Consejo no 9077/02.
3)
Condenar al Consejo de la Unión Europea a cargar con las costas en que hayan incurrido el Reino de Suecia en el marco del recurso de casación y el Sr. Turco tanto en este procedimiento como en el de primera instancia en el que recayó la citada sentencia del Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas.
4)
El Reino de Dinamarca, el Reino de los Países Bajos, la República de Finlandia, el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, el Consejo de la Unión Europea y la Comisión de las Comunidades Europeas cargarán con sus propias costas correspondientes al recurso de casación.
5)
El Consejo de la Unión Europea cargará con sus propias costas correspondientes al procedimiento de primera instancia.
(1) DO C 106 de 30.4.2005.
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