9.7.2011
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 204/20
Sentencia del Tribunal General de 24 de mayo de 2011 — NLG/Comisión
(Asuntos acumulados T-109/05 y T-444/05) (1)
(Acceso a los documentos - Reglamento (CE) no 1049/2001 - Documentos relativos a los elementos de los costes que resultan de las obligaciones de servicio público en materia de ayudas de Estado - Denegación de acceso - Excepción relativa a la protección de los intereses comerciales de un tercero - Secreto profesional - Obligación de motivación - Igualdad de trato - Documentos originarios de un Estado miembro)
2011/C 204/34
Lengua de procedimiento: italiano
Partes
Demandante: Navigazione Libera del Golfo Srl (NLG), anteriormente Navigazione Libera del Golfo SpA (Nápoles, Italia) (representantes: S. Ravenna y A. Abate, abogados)
Demandada: Comisión Europea (representantes: P. Costa de Oliveira y V. Di Bucci, agentes)
Partes coadyuvantes en apoyo de la demandada: República Italiana (representantes: inicialmente I. Braguglia, agente, y M. Fiorilli, avvocato dello Stato, posteriormente M. Fiorilli y R. Adam, agente, y finalmente I. Bruni, avvocato dello Stato) (asunto T-444/05); Consejo de la Unión Europea (representantes: B. Driessen y A. Vitro, agentes) (asunto T-444/05); Caremar SpA (representantes: inicialmente G.M. Roberti, G. Bellitti y A. Franchi, y posteriormente G.M. Roberti, G. Bellitti e I. Perego, abogados) (asuntos T-109/05 y T-444/05)
Objeto
Anulación de las Decisiones D(2005) 997, de 3 de febrero de 2005, y D(2005) 9766, de 12 de octubre de 2005, de la Comisión, por las que se deniega a la demandante el acceso a algunos datos que no figuran en la versión publicada de la Decisión 2005/163/CE de la Comisión, de 16 de marzo de 2004, relativa a las ayudas estatales otorgadas por Italia a las compañías marítimas Adriatica, Caremar, Siremar, Saremar y Toremar (Grupo Tirrenia) (DO 2005, L 53, p. 29).
Fallo
1)
Anular la Decisión D(2005) 997 de la Comisión, de 3 de febrero de 2005, en la medida en que deniega el acceso a los elementos detallados de los sobrecostes soportados anualmente por Caremar SpA relativos a los servicios de transporte de pasajeros prestados en la línea Nápoles-Beverello/Capri tanto por transbordadores como por unidades rápidas.
2)
Desestimar el recurso en el asunto T-109/05 en todo lo demás.
3)
La Comisión Europea cargará con un tercio de sus propias costas y un tercio de las costas de Navigazione Libera del Golfo Srl (NLG), mientras que ésta cargará con dos tercios de sus costas y dos tercios de las costas de la Comisión en el asunto T-109/05.
4)
Caremar cargará con sus propias costas en el asunto T-109/05.
5)
Anular la Decisión D(2005) 9766 de la Comisión, de 12 de octubre de 2005.
6)
Condenar en costas a la Comisión Europea en el asunto T-444/05.
7)
La República Italiana, el Consejo de la Unión Europea y Caremar cargarán cada uno con sus propias costas.
(1) DO C 106, de 30.4.2005.
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