21.11.2009
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 282/37
Sentencia del Tribunal de Primera Instancia de 2 de octubre de 2009 — Chipre/Comisión
(Asuntos acumulados T-300/05 y T-316/05) (1)
(«Agricultura - Organización común de mercados - Medidas transitorias que procede adoptar con motivo de la adhesión de nuevos Estados miembros - Reglamento (CE) no 651/2005, por el que se establecen medidas transitorias en el sector del azúcar - Recurso de anulación - Plazo para recurrir - Inicio del cómputo - Extemporaneidad - Modificación de una disposición de un reglamento - Reapertura de la vía de recurso contra dicha disposición y contra todas aquellas que forman un todo con ella - Inadmisibilidad - Reglamento (CE) no 832/2005, relativo a la determinación de las cantidades excedentes de azúcar, isoglucosa y fructosa - Excepción de ilegalidad - Competencia - Principio de no discriminación - Confianza legítima - Recurso de anulación - Proporcionalidad - Motivación - Irretroactividad - Colegialidad»)
2009/C 282/68
Lengua de procedimiento: griego
Partes
Demandante: República de Chipre (representantes: P. Kliridis, K. Lykourgos y A. Pantazi-Lamprou, agentes)
Demandada: Comisión de las Comunidades Europeas (representantes: L. Visaggio y H. Tserepa-Lacombe, y posteriormente T. van Rijn y H. Tserepa-Lacombe, agentes)
Partes coadyuvantes en apoyo de la demandante: República de Estonia (asunto T-316/05) (representante: L. Uibo, agente), y República de Letonia (representante: E. Balode-Buraka, agente)
Objeto
En el asunto T-300/05, recurso de anulación del Reglamento (CE) no 651/2005 de la Comisión, de 28 de abril de 2005, que modifica el Reglamento (CE) no 60/2004, por el que se establecen medidas transitorias en el sector del azúcar con motivo de la adhesión de la República Checa, Estonia, Chipre, Letonia, Lituania, Hungría, Malta, Polonia, Eslovenia y Eslovaquia (DO L 108, p. 3), y, en el asunto T-316/05, recurso de anulación del Reglamento (CE) no 832/2005 de la Comisión, de 31 de mayo de 2005, relativo a la determinación de las cantidades excedentes de azúcar, isoglucosa y fructosa para la República Checa, Estonia, Chipre, Letonia, Lituania, Hungría, Malta, Polonia, Eslovenia y Eslovaquia (DO L 138, p. 3).
Fallo
1)
Desestimar los recursos.
2)
Condenar a la República de Chipre a cargar con sus propias costas y con las de la Comisión.
3)
La República de Estonia y la República de Letonia cargarán con sus propias costas.
(1) DO C 271, de 29.10.2005.
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