Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Tercera) de 4 de octubre de 2006 — Monte di Massima/OAMI — Höfferle Internationale (Valle della Luna)
(Asunto T‑96/05)
«Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca comunitaria figurativa Valle della Luna — Marca nacional figurativa anterior VALLE DE LA LUNA — Prueba del uso de la marca anterior — Artículo 15, apartado 2, letra a), y artículo 43, apartados 2 y 3, del Reglamento (CE) nº 40/94»
Marca comunitaria — Observaciones de terceros y oposición — Examen de la oposición — Prueba del uso de la marca anterior [Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo, arts. 15, ap. 1, y 43, aps. 2 y 3] (véanse los apartados 26 y 27)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la OAMI de 24 de noviembre de 2004 (asunto R 269/2004‑1), relativa a un procedimiento de oposición entre Monte di Massima SAS di Pruneddu Leonardo & C. y J.M. Höfferle Internationale Handelsgesellschaft mbH.
Datos relativos al asunto
Solicitante de la marca comunitaria:
Monte di Massima SAS di Pruneddu Leonardo & C.
Marca comunitaria solicitada:
Marca figurativa Valle della Luna, para productos de la clase 32 — Solicitud nº 2.029.726
Titular de la marca o del signo invocados en oposición:
J.M. Höfferle Internationale Handelsgesellschaft mbH
Marca o signo invocados en oposición:
Marca denominativa alemana VALLE DELLA LUNA, para productos de la clase 33
Resolución de la División de Oposición:
Desestimación de la oposición
Resolución de la Sala de Recurso:
Estimación del recurso
Fallo
Desestimar el recurso.
Condenar a la demandante al pago de las costas en que han incurrido la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) y la parte interviniente.
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