Auto del Tribunal de Primera Instancia (Sala Cuarta) de 27 de octubre de 2005 — GAEC Salat/Comisión
(Asunto T‑89/05)
«Recurso por omisión — Denuncia relativa a la denominación de origen protegida “Salers” — Reglamento (CE) nº 828/2003 — Definición de postura de la Comisión — Inadmisibilidad manifiesta»
1. Recurso por omisión — Fin de la omisión antes de la interposición del recurso — Inadmisibilidad — Definición de postura que no satisface al demandante — Irrelevancia (Art. 232 CE) (véanse los apartados 19 y 22)
2. Recurso por omisión — Personas físicas o jurídicas — Omisiones recurribles — Omisión de iniciar un procedimiento por incumplimiento — Inadmisibilidad (Arts. 226 CE y 232 CE, párr. 3) (véanse los apartados 24 y 25)
3. Procedimiento — Escrito de interposición del recurso — Determinación del objeto de la demanda — Modificación de las pretensiones iniciales al formular las observaciones acerca de la excepción de inadmisibilidad — Inadmisibilidad (Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Primera Instancia, arts. 44, ap. 1, y 48, ap. 2) (véase el apartado 28)
Objeto
Recurso por omisión dirigido a se declare que la Comisión se abstuvo de pronunciarse sobre la denuncia presentada por la demandante contra la República Francesa.
Fallo
Declarar la inadmisibilidad manifiesta del recurso.
Condenar en costas a la demandante.
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