8.3.2008
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 64/6
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 10 de enero de 2008 — Comisión de las Comunidades Europeas/República Portuguesa
(Asunto C-70/06) (1)
(Incumplimiento de Estado - Sentencia del Tribunal de Justicia por la que se declara el incumplimiento - No ejecución - Sanción pecuniaria)
(2008/C 64/07)
Lengua de procedimiento: portugués
Partes
Demandante: Comisión de las Comunidades Europeas (representantes: X. Lewis, A. Caeiros y P. Andrade, agentes)
Demandada: República Portuguesa (representantes: L. Fernandes, P. Fragoso Martins y J.A. de Oliveira, agentes)
Objeto
Incumplimiento de Estado — Artículo 228 CE — No ejecución de la sentencia dictada por el Tribunal de Justicia el 14 de octubre de 2004 en el asunto C-275/03 — Adaptación incorrecta del Derecho interno a la Directiva 89/665/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1989, relativa a la coordinación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas referentes a la aplicación de los procedimientos de recurso en materia de adjudicación de los contratos públicos de suministros y de obras (DO L 395, p. 33) — Solicitud de imposición de una multa coercitiva
Fallo
1)
Declarar que la República Portuguesa no ha adoptado las medidas necesarias que requiere la ejecución de la sentencia de 14 de octubre de 2004, Comisión/Portugal (C-275/03), y por ello ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 228 CE, apartado 1, al no haber derogado el Decreto ley no 48 051, de 21 de noviembre de 1967, que subordina a la prueba de la existencia de dolo o culpa la concesión de una indemnización de daños y perjuicios a las personas perjudicadas por una infracción del Derecho comunitario en materia de contratos públicos o de las normas nacionales que adaptan el Derecho nacional.
2)
Condenar a la República Portuguesa a pagar a la Comisión de las Comunidades Europeas en la cuenta «Recursos propios de la Comunidad Europea», una multa coercitiva de 19 392 euros por cada día de retraso en la aplicación de las medidas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en la sentencia de 14 de octubre de 2004, Comisión/Portugal, antes citada, a partir de la fecha en que se dicta la presente sentencia y hasta la ejecución de dicha sentencia de 14 de octubre de 2004.
3)
Condenar en costas a la República Portuguesa.
(1) DO C 86 de 8.4.2006.
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