8.3.2008
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 64/9
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 24 de enero de 2008 (petición de decisión prejudicial planteada por la Corte suprema di cassazione, Italia) — Roby Profumi Srl/Comune di Parma
(Asunto C-257/06) (1)
(Artículo 28 CE - Directiva 76/768/CEE - Protección de la salud - Productos cosméticos - Importación - Comunicación a las autoridades del Estado de importación de informaciones relativas a los productos cosméticos)
(2008/C 64/11)
Lengua de procedimiento: italiano
Órgano jurisdiccional remitente
Corte suprema di cassazione
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Roby Profumi Srl
Demandada: Comune di Parma
Objeto
Petición de decisión prejudicial — Corte suprema di cassazione — Interpretación del artículo 28 y del artículo 7 de la Directiva 76/768/CEE del Consejo, de 27 de julio de 1976, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de productos cosméticos (DO L 262, p. 169; EE 15/01, p. 206), en su versión modificada por la Directiva 93/35/CEE del Consejo, de 14 de junio de 1993 (DO L 151, p. 32) — Disposiciones nacionales que obligan al importador a comunicar una lista completa y detallada de las sustancias que contiene el producto
Fallo
El artículo 7 de la Directiva 76/768/CEE del Consejo, de 27 de julio de 1976, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de productos cosméticos, en su versión modificada por la Directiva 93/35/CEE del Consejo de 14 de junio de 1993, no se opone a una disposición nacional que, con miras a un tratamiento médico rápido y adecuado en caso de molestias, obliga al importador de productos cosméticos a comunicar al Ministerio de Sanidad y a la Región el nombre o razón social de la empresa, su domicilio y el de la unidad de fabricación, así como la lista completa y detallada de las sustancias empleadas y de las sustancias contenidas en los productos mencionados.
(1) DO C 212 de 2.9.2006.
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