6.12.2008
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 313/3
Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 14 de octubre de 2008 (petición de decisión prejudicial planteada por el Amtsgericht Flensburg, Alemania) — Procedimiento incoado por Stefan Grunkin, Dorothee Regina Paul
(Asunto C-353/06) (1)
(Derecho a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros - Derecho internacional privado en materia de apellido - Conexión exclusiva con la nacionalidad para la determinación de la ley aplicable - Niño nacido y residente en un Estado miembro y nacional de otro Estado miembro - Falta de reconocimiento en el Estado miembro del que es nacional del apellido adquirido en el Estado miembro de nacimiento y de residencia)
(2008/C 313/04)
Lengua de procedimiento: alemán
Órgano jurisdiccional remitente
Amtsgericht Flensburg
Partes en el procedimiento incoado por
Stefan Grunkin, Dorothee Regina Paul
en el que participan: Leonhard Matthias Grunkin-Paul, Standesamt Niebüll
Objeto
Petición de decisión prejudicial — Amtsgericht Flensburg — Interpretación de los artículos 12 CE y 18 CE — Normativa nacional en materia de conflicto de leyes que se basa exclusivamente en la nacionalidad por lo que respecta a las normas aplicables para la determinación del apellido de las personas — Negativa del Estado miembro de su nacionalidad a reconocer un apellido compuesto de los respectivos apellidos de sus padres a un niño que nació y reside en otro Estado miembro en el que fue registrado con ese apellido
Fallo
El artículo 18 CE se opone, en circunstancias como las del litigio principal, a que las autoridades de un Estado miembro, aplicando el Derecho nacional, denieguen el reconocimiento del apellido de un niño tal como ha sido determinado e inscrito en otro Estado miembro en el que ese niño nació y reside desde entonces, y quien al igual que sus padres sólo posee la nacionalidad del primer Estado miembro.
(1) DO C 281 de 18.11.2006.
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