30.8.2008
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 223/10
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 17 de julio de 2008 (petición de decisión prejudicial planteada por el Giudice di pace di Genova, Italia) — Corporación Dermoestética S.A./To Me Group Advertising Media
(Asunto C-500/06) (1)
(Artículos 3 CE, apartado 1, letra g), 4 CE, 10 CE, 43 CE, 49 CE, 81 CE, 86 CE y 98 CE - Legislación nacional que prohíbe la publicidad de tratamientos médico-quirúrgicos en el ámbito de los servicios de tratamiento de belleza)
(2008/C 223/14)
Lengua de procedimiento: italiano
Órgano jurisdiccional remitente
Giudice di pace di Genova
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Corporación Dermoestética S.A.
Demandada: To Me Group Advertising Media
Otra parte en el procedimiento principal: Cliniche Futura Srl
Objeto
Petición de decisión prejudicial — Giudice di pace di Genova — Interpretación de los artículos 43 CE, 49 CE, 81 CE, 86 CE y 98 CE — Compatibilidad de una decisión nacional que prohíbe la publicidad, en las cadenas de televisión de difusión nacional, de tratamientos médico-quirúrgicos efectuados en clínicas privadas autorizadas y que limita los gastos de publicidad al 5 % de los ingresos del ejercicio anterior
Fallo
Los artículos 43 CE y 49 CE, en relación con los artículos 48 CE y 55 CE, deben interpretarse en el sentido de que se oponen a una legislación, como la controvertida en el litigio principal, que prohíbe la publicidad de los tratamientos médicos y quirúrgicos dispensados por los establecimientos privados en las cadenas de televisión de difusión nacional, a la vez que autoriza bajo ciertos requisitos tal publicidad en las cadenas de televisión de difusión local.
(1) DO C 42 de 24.2.2007.
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