Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 1 de marzo de 2007 — Comision/Italia
(Asunto C‑327/06)
«Incumplimiento de Estado — Directiva 2002/14/CE — Establecimiento de un marco general relativo a la información y a la consulta de los trabajadores en la Comunidad Europea — No adaptación del Derecho interno dentro del plazo señalado»
1. Estados miembros — Obligaciones — Ejecución de las directivas — Incumplimiento — Justificación basada en el ordenamiento jurídico interno — Improcedencia (Art. 226 CE) (véase el apartado 6)
2. Recurso por incumplimiento — Examen de su fundamento por el Tribunal de Justicia — Situación que debe considerarse — Situación al expirar el plazo fijado por el dictamen motivado (Art. 226 CE) (véase el apartado 7)
Objeto
Incumplimiento de Estado — No adopción, en el plazo señalado, de las disposiciones necesarias para dar cumplimiento a la Directiva 2002/14/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2002, por la que se establece un marco general relativo a la información y a la consulta de los trabajadores en la Comunidad Europea — Declaración conjunta del Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión relativa a la representación de los trabajadores (DO L 80, p. 29).
Fallo
1)
Declarar que la República Italiana ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 2002/14/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2002, por la que se establece un marco general relativo a la información y a la consulta de los trabajadores en la Comunidad Europea, al no adoptar, en el plazo señalado, las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a dicha Directiva.
2)
Condenar en costas a la República Italiana.
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