6.11.2010
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 301/22
Sentencia del Tribunal General de 13 de septiembre de 2010 — Trioplast Industrier/Comisión
(Asunto T-40/06) (1)
(Competencia - Prácticas colusorias - Mercado de sacos industriales de plástico - Decisión mediante la que se declara una infracción del artículo 81 CE - Duración de la infracción - Multas - Gravedad de la infracción - Circunstancias atenuantes - Cooperación durante el procedimiento administrativo - Proporcionalidad - Responsabilidad solidaria - Principio de seguridad jurídica)
2010/C 301/33
Lengua de procedimiento: sueco
Partes
Demandante: Trioplast Industrier AB (Smålandsstenar, Suecia) (representantes: T. Pettersson y O. Larsson, abogados)
Demandada: Comisión Europea (representantes: inicialmente, F. Castillo de la Torre, P. Hellström y V. Bottka; y posteriormente, F. Castillo de la Torre, L. Parpala y V. Bottka, agentes)
Objeto
Petición de anulación parcial de la decisión C(2005) 4634 final de la Comisión, de 30 de noviembre de 2005, relativa a un procedimiento de aplicación del artículo 81 [CE] (Asunto COMP/F/38.354 — Sacos industriales), que versa sobre una práctica colusoria en el mercado de sacos industriales de plástico y, subsidiariamente, petición que tiene por objeto la reducción de la multa impuesta a la demandante.
Fallo
1)
Anular el artículo 2, párrafo primero, letra f), de la decisión C(2005) 4634 final de la Comisión, de 30 de noviembre de 2005, relativa a un procedimiento de aplicación del artículo 81 CE (Asunto COMP/F/38.354 — Sacos industriales), en lo referido a Trioplast Industrier AB.
2)
Fijar en 2,73 millones de euros el importe asignado a Trioplast Industrier, sobre la base del cual debe determinarse su parte en las responsabilidades solidarias de las sociedades matrices sucesivas para el pago de la multa impuesta a Trioplast Wittenheim SA.
3)
Desestimar el recurso en todo lo demás.
4)
Trioplast Industrier cargará con la mitad de sus propias costas y la mitad de los gastos expuestos por la Comisión.
5)
La Comisión cargará con la mitad de sus propias costas y la mitad de los gastos expuestos por Trioplast Industrier.
(1) DO C 96, de 22.4.2006.
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