30.8.2008
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 223/40
Auto del Tribunal de Primera Instancia de 14 de julio de 2008 — Espinosa Labella y otros/Comisión
(Asunto T-322/06) (1)
(«Recurso de anulación - Directiva 92/43/CEE - Conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres - Decisión 2006/613/CE - Lista de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica mediterránea - Acto impugnable - Acto que no afecta directamente a los demandantes - Inadmisibilidad»)
(2008/C 223/68)
Lengua de procedimiento: español
Partes
Demandantes: Manuel José Espinosa Labella (Almería) Josefa Labella Dávalos (Almería); María Pilar Espinosa Labella (Almería); María José Espinosa Labella (Almería); Tomasa Peñuela Ortiz (Almería); Tomás Espinosa Peñuela (Almería); Francisco José Espinosa Peñuela (Mairena del Aljarafe, Sevilla); Juan Manuel Espinosa Peñuela (Madrid); María Lourdes Espinosa Peñuela (Almería); Adela Espinosa Peñuela (Almería); Jorge Jesús Espinosa Peñuela (Almería); Herederos de Rafael Espinosa Peñuela (Almería) (representante: M.J. Rovira Daudí, abogada)
Demandada: Comisión de las Comunidades Europeas (representantes: A. Alcover San Pedro y D. Recchia, agentes)
Parte coadyuvante en apoyo de la parte demandada: Reino de España (representante: F. Díez Moreno, abogado del Estado)
Objeto
Demanda de anulación parcial de la Decisión 2006/613/CE de la Comisión, de 19 de julio de 2006, por la que se adopta, de conformidad con la Directiva 92/43/CEE del Consejo, la lista de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica mediterránea (DO L 259, p. 1), en la medida en que designa el lugar denominado «Artos de El Ejido», en el que se encuentran unas fincas de los demandantes, como lugar de importancia comunitaria de la región biogeográfica mediterránea
Fallo
1)
Declarar la inadmisibilidad del recurso.
2)
El Sr. Manuel José Espinosa Labella, la Sra. Josefa Labella Dávalos, la Sra. María Pilar Espinosa Labella, la Sra. María José Espinosa Labella, la Sra. Tomasa Peñuela Ortiz, el Sr. Tomás Espinosa Peñuela, el Sr. Francisco José Espinosa Peñuela, el Sr. Juan Manuel Espinosa Peñuela, la Sra. María Lourdes Espinosa Peñuela, la Sra. Adela Espinosa Peñuela, el Sr. Jorge Jesús Espinosa Peñuela y los herederos del Sr. Rafael Espinosa Peñuela cargarán con sus propias costas, así como con las correspondientes a la Comisión.
3)
El Reino de España cargará con sus propias costas.
(1) DO C 326 de 30.12.2006.
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