Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Cuarta) de 23 de enero de 2008 — Demp/OAMI — BAU HOW (BAU HOW)
(Asunto T‑106/06)
«Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca comunitaria figurativa BAU HOW — Marcas figurativas anteriores BAUHAUS — Motivo de denegación relativo — Inexistencia de riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letras a) y b), y artículo 73 del Reglamento (CE) nº 40/94»
Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares [Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 43, 47 y 48)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI de 31 de enero de 2006 (asunto R 92/2004‑4), relativa a un procedimiento de oposición entre Demp BV y BAU HOW GmbH.
Datos relativos al asunto
Solicitante de la marca comunitaria:
BAU HOW GmbH
Marca comunitaria solicitada:
Marca figurativa BAU HOW para productos y servicios de las clases 7, 8, 11, 19, 20, 36, 37 y 40 — Solicitud nº 1.740.133
Titular de la marca o del signo invocados en oposición:
Demp BV
Marca o signo invocados en oposición:
Marca figurativa BAUHAUS, como marca Benelux nº 570.351 y como marca internacional nº 646.757 para productos y servicios de las clases 1, 2, 6 a 9, 11, 12, 16, 17, 19 a 21, 25, 27, 31 y 40, y la solicitud de marca irlandesa nº 2000/03158
Resolución de la División de Oposición:
Desestimación de la oposición
Resolución de la Sala de Recurso:
Desestimación del recurso
Fallo
1)
Desestimar el recurso.
2)
Condenar en costas a Demp BV.
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