Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Tercera) de 16 de enero de 2008 — Inter‑Ikea/OAMI — Waibel (idea)
(Asunto T‑112/06)
«Marca comunitaria — Procedimiento de nulidad — Marca comunitaria figurativa idea — Marcas comunitarias y nacionales figurativas y denominativas anteriores IKEA — Causa de nulidad relativa — Inexistencia de riesgo de confusión — Artículos 8, apartado 1, letra b), y 52, apartado 1, letra a), del Reglamento (CE) nº 40/94»
Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior [Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 80, 81 y 85)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la OAMI de 10 de febrero de 2006 (asunto R 80/2005‑1), relativa a un procedimiento de nulidad entre Inter‑Ikea Systems BV y el Sr. Walter Waibel.
Datos relativos al asunto
Marca comunitaria registrada, respecto a la que se presentó una solicitud de nulidad:
Marca figurativa idea para productos y servicios de las clases 16, 20 y 42 — Solicitud nº 283.952
Titular de la marca comunitaria:
Walter Waibel
Solicitante de la nulidad de la marca comunitaria:
Inter‑Ikea Systems BV
Marcas del solicitante de la nulidad:
Varias marcas nacionales y comunitarias, denominativas y figurativas, para productos y servicios de las clases 16, 20 y 42
Resolución de la División de Anulación:
Nulidad de la marca idea
Resolución de la Sala de Recurso:
Desestimación de la solicitud de nulidad
Fallo
1)
Desestimar el recurso.
2)
Condenar a Inter‑Ikea Systems BV al pago de las costas, incluidas las soportadas por Walter Waibel en el procedimiento ante la Sala de Recurso.
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