Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Tercera) de 8 de julio de 2008 — Sviluppo Italia Basilicata/Comisión
(Asunto T‑176/06)
«Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) — Reducción de la ayuda financiera — Recurso de anulación — Fondo de capital‑riesgo — Fecha límite para la realización de las inversiones — Procedimiento — Principios de protección de la confianza legítima y de seguridad jurídica — Principio de proporcionalidad — Motivación — Recurso de indemnización»
1. Cohesión económica y social — Fondo Europeo de Desarrollo Regional — Decisión de reducir una ayuda financiera [Reglamento (CEE) nº 4253/88 del Consejo, art. 24] (véanse los apartados 42 a 59)
2. Cohesión económica y social — Fondo Europeo de Desarrollo Regional — Decisión de reducir una ayuda financiera [Reglamento (CEE) nº 4253/88 del Consejo, arts. 25 y 26] (véanse los apartados 78 a 82 y 89 a 92)
3. Actos de las instituciones — Motivación — Obligación — Alcance (Art. 253 CE) (véanse los apartados 97 a 102)
4. Responsabilidad extracontractual — Requisitos — Decisión de la Comisión por la que se reduce una ayuda financiera del Fondo Europeo de Desarrollo Regional [Art. 288 CE, párr. 2; Reglamento (CEE) nº 4253/88 del Consejo] (véanse los apartados 116 a 118)
Objeto
Por una parte, la anulación de la Decisión C(2006) 1706 de la Comisión, de 20 de abril de 2006, relativa a la reducción de la ayuda financiera del Fondo Europeo de Desarrollo Regional a la subvención global para la ejecución de medidas de estímulo para las pequeñas y medianas empresas que operan en la región Basilicata en Italia, concedida en el marco comunitario de apoyo para las intervenciones estructurales comunitarias en las regiones incluidas en el objetivo nº 1 en Italia y, por otra, la reparación del daño supuestamente causado por dicha Decisión.
Fallo
1)
Desestimar el recurso.
2)
Condenar en costas a Sviluppo Italia Basilicata SpA.
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