Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Quinta) de 25 de junio de 2008 — Otto/OAMI — L’Altra Moda (l’Altra Moda)
(Asunto T‑224/06)
«Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca comunitaria figurativa l’Altra Moda — Marca nacional figurativa anterior Alba Moda — Motivo de denegación relativo — Falta de riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) nº 40/94 — Artículos 73 y 74, apartados 1 y 2, del Reglamento nº 40/94»
Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares [Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 32 a 36 y 46)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la OAMI de 16 de junio de 2006 (asunto R 793/2005‑2), relativa a un procedimiento de oposición entre Otto GmbH & Co. KG y l’Altra Moda SpA.
Datos relativos al asunto
Solicitante de la marca comunitaria:
L’Altra Moda SpA
Marca comunitaria solicitada:
Marca figurativa L’Altra Moda para productos de las clases 3, 18 y 25
Titular de la marca o del signo invocados en oposición:
Otto GmbH & Co. KG
Marca o signo invocados en oposición:
Marca figurativa nacional Alba Moda para productos de la clase 25
Resolución de la División de Oposición:
Desestimación de la oposición
Resolución de la Sala de Recurso:
Desestimación del recurso
Fallo
1)
Desestimar el recurso.
2)
Condenar a Otto GmbH & Co. KG a cargar con sus propias costas, así como con las costas en que incurrieron la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI) y l’Altra Moda SpA.
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