29.3.2008
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 79/7
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 31 de enero de 2008 — Comisión de las Comunidades Europeas/República Italiana
(Asunto C-69/07) (1)
(Incumplimiento de Estado - Directiva 2003/35/CE - Medio ambiente - Participación del público en la elaboración de determinados planes y programas - No adaptación del Derecho interno dentro del plazo señalado)
(2008/C 79/12)
Lengua de procedimiento: italiano
Partes
Demandante: Comisión de las Comunidades Europeas (representantes: D. Recchia y J.-B. Laignelot, agentes)
Demandada: República Italiana (representantes: I.M. Braguglia, agente, y S. Fiorentino, abogado)
Objeto
Incumplimiento de Estado — No adopción, dentro del plazo señalado, de las disposiciones necesarias para dar cumplimiento a la Directiva 2003/35/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de mayo de 2003, por la que se establecen medidas para la participación del público en la elaboración de determinados planes y programas relacionados con el medio ambiente y por la que se modifican, en lo que se refiere a la participación del público y el acceso a la justicia, las Directivas 85/337/CEE y 96/61/CE del Consejo (DO L 156, p. 17).
Fallo
1)
Declarar que la República Italiana ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 6 de la Directiva 2003/35/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de mayo de 2003, por la que se establecen medidas para la participación del público en la elaboración de determinados planes y programas relacionados con el medio ambiente y por la que se modifican, en lo que se refiere a la participación del público y el acceso a la justicia, las Directivas 85/337/CEE y 96/91/CE del Consejo, al no haber adoptado las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a la citada Directiva.
2)
Condenar en costas a la República Italiana.
(1) DO C 82 de 14.4.2007.
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