21.2.2009
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 44/8
Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 16 de diciembre de 2008 (petición de decisión prejudicial planteada por el Conseil d'État — Francia) — Société Arcelor Atlantique et Lorraine, Sollac Méditerrannée, Société Arcelor Packaging International, Société Ugine & Alz France, Société Industeel Loire, Société Creusot Métal, Société Imphy Alloys, Arcelor SA/Premier ministre, Ministre de l'Écologie et du Développement durable, Ministre de l'Économie, des Finances et de l'Industrie
(Asunto C-127/07) (1)
(Medio ambiente - Prevención y control integrados de la contaminación - Régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero - Directiva 2003/87/CE - Ámbito de aplicación - Inclusión de las instalaciones del sector siderúrgico - Exclusión de las instalaciones de los sectores químico y de los metales no férreos - Principio de igualdad de trato)
(2009/C 44/13)
Lengua de procedimiento: francés
Órgano jurisdiccional remitente
Conseil d'État
Partes en el procedimiento principal
Demandantes: Société Arcelor Atlantique et Lorraine, Sollac Méditerrannée, Société Arcelor Packaging International, Société Ugine & Alz France, Société Industeel Loire, Société Creusot Métal, Société Imphy Alloys, Arcelor SA
Demandadas: Premier ministre, Ministre de l'Écologie et du Développement durable, Ministre de l'Économie, des Finances et de l'Industrie
Objeto
Petición de decisión prejudicial — Conseil d'État (Francia) — Validez, en relación con el principio comunitario de igualdad de trato, de la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de octubre de 2003, por la que se establece un régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la Comunidad y por la que se modifica la Directiva 96/61/CE del Consejo (DO L 275, p. 32) — Diferencia de trato entre las instalaciones del sector siderúrgico, sometidas al régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la Comunidad, y las industrias del aluminio y del plástico, que emiten gases de efecto invernadero y no están sometidas a dicho régimen — Justificación objetiva de la diferencia de trato
Fallo
El examen de la Directiva 2003/87/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de octubre de 2003, por la que se establece un régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la Comunidad y por la que se modifica la Directiva 96/61/CE del Consejo, en su versión modificada por la Directiva 2004/101/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de octubre de 2004, en relación con el principio de igualdad de trato, no ha puesto de manifiesto ningún elemento que pueda afectar a su validez en la medida en que dispone la aplicación del régimen de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero al sector siderúrgico, sin incluir en su ámbito de aplicación los sectores químico y de los metales no férreos.
(1) DO C 117 de 26.5.2007.
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