15.8.2008
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 209/12
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 19 de junio de 2008 — Comisión de las Comunidades Europeas/República Francesa
(Asunto C-220/07) (1)
(Incumplimiento de Estado - Directiva 2002/22/CE - Comunicaciones electrónicas - Designación de las empresas encargadas de prestar el servicio universal - Adaptación incorrecta del Derecho interno)
(2008/C 209/16)
Lengua de procedimiento: francés
Partes
Demandante: Comisión de las Comunidades Europeas (representantes: J.-P. Keppenne y M. Shotter, agentes)
Demandada: República Francesa (representantes: G. de Bergues y B. Messmer, agentes)
Objeto
Incumplimiento de Estado — Adaptación incorrecta del Derecho interno a [los artículos 8, 12 y 13] de la Directiva 2002/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, relativa al servicio universal y los derechos de los usuarios en relación con las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas (Directiva «servicio universal») (DO L 108, p. 51) — Obligación de recurrir a un mecanismo eficaz, objetivo, transparente y no discriminatorio de designación de las empresas encargadas de prestar el servicio universal — Normativa nacional que excluye a priori a los operadores económicos que no pueden garantizar la prestación de dicho servicio en la totalidad del territorio nacional.
Fallo
1)
Declarar que la República Francesa ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de los artículos 8, apartado 2, 12 y 13, así como del anexo IV de la Directiva 2002/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, relativa al servicio universal y los derechos de los usuarios en relación con las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas (Directiva «servicio universal»), al adaptar el Derecho interno, del modo en que lo ha hecho, a las disposiciones relativas a la designación de empresas que pueden garantizar la prestación del servicio universal.
2)
Condenar en costas a la República Francesa.
(1) DO C 211 de 8.9.2007.
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