21.2.2009
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 44/12
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 22 de diciembre de 2008 — Comisión de las Comunidades Europeas/República Italiana
(Asunto C-283/07) (1)
(«Incumplimiento de Estado - Directiva 75/442/CEE - Artículo 1 - Concepto de “residuo’ - Desechos destinados a ser utilizados en actividades siderúrgicas - Combustible derivado de residuos de alta calidad - Adaptación incorrecta del Derecho interno»)
(2009/C 44/20)
Lengua de procedimiento: italiano
Partes
Demandante: Comisión de las Comunidades Europeas (representantes: C. Zadra y J.-B. Laignelot, agentes)
Demandada: República Italiana (representantes: I. Braguglia, agente y G. Fiengo, avvocato dello Stato)
Objeto
Incumplimiento de Estado — Infracción del artículo 1, letra a), de la Directiva 75/442/CEE del Consejo, de 15 de julio de 1975, relativa a los residuos (DO L 194, p. 39; EE 15/01, p. 129), en su versión modificada por la Directiva 91/156/CEE del Consejo, de 18 de marzo de 1991 (DO L 78, p. 32) — Combustibles derivados de residuos (CDR) y de chatarra destinada a ser utilizada en la actividad siderúrgica y metalúrgica — Exclusión del ámbito de aplicación de la ley nacional de adaptación del Derecho interno a la Directiva.
Fallo
1)
Declarar que la República Italiana ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 1, letra a), de la Directiva 75/442/CEE del Consejo, de 15 de julio de 1975, relativa a los residuos, en su versión modificada por la Directiva 91/156/CEE del Consejo, de 18 de marzo de 1991, al adoptar y mantener en vigor disposiciones como:
—
el artículo 1, apartados 25 a 27 y 29, letra a), de la Ley no 308, de 15 de diciembre de 2004, de delegación al Gobierno para reformar, coordinar y completar la legislación en materia medioambiental y de medidas de aplicación directa, y
—
el artículo 1, apartado 29, letra b), de la Ley no 308, de 15 de diciembre de 2004, así como los artículos 183, apartado 1, letra s), y 229, apartado 2, del Decreto Legislativo no 152, de 3 de abril de 2006, por el que se establecen normas en materia de medio ambiente,
mediante las cuales, respectivamente, determinados desechos destinados a ser utilizados en actividades siderúrgicas y metalúrgicas y el combustible derivado de residuos de alta calidad (CDR-C) quedan excluidos a priori del ámbito de aplicación de la legislación italiana sobre residuos mediante la que se adapta el Derecho interno a la citada Directiva.
2)
Condenar en costas a la República Italiana.
(1) DO C 199 de 25.8.2007.
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