30.1.2010
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 24/4
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 10 de diciembre de 2009 — Comisión Europea/Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte
(Asunto C-390/07) (1)
(Incumplimiento de Estado - Medio Ambiente - Directiva 91/271/CEE - Tratamiento de las aguas residuales urbanas - Artículo 3, apartados 1 y 2, artículo 5, apartados 1 a 3 y 5, y anexos I y II - Falta de identificación inicial de las zonas sensibles - Concepto de eutrofización - Criterios - Carga de la prueba - Fecha pertinente para el examen de los elementos - Ejecución de las obligaciones de recogida - Aplicación de un tratamiento más riguroso de los vertidos en las zonas sensibles)
2010/C 24/05
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandante: Comisión Europea (representantes: S. Pardo Quintilián y H. van Vliet, agentes)
Demandada: Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (representantes: C. Gibbs y V. Jackson, agentes, D. Anderson QC y S. Ford, Barrister)
Parte coadyuvante en apoyo de la demandada: República Portuguesa (representantes: L. Inez Fernandes y M.J. Lois, agentes)
Objeto
Incumplimiento de Estado — Artículos 3, apartados 1 y 2, y 5, apartados 1, 2, 3 y 5, y anexo II de la Directiva 91/271/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1991, sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas (DO L 135, p. 40) — Falta de identificación de determinadas zonas que habrían debido ser designadas como sensibles en virtud de la eutrofización y falta de aplicación de un tratamiento más riguroso de los vertidos de aguas residuales urbanas de las aglomeraciones que tengan un equivalente habitante superior a 10 000 en zonas sensibles o que habrían debido ser identificadas como sensibles
Fallo
1)
El Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 5, apartados 2, 3 y 5, de la Directiva 91/271/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1991, sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas, al no haber sometido a un tratamiento más riguroso los vertidos de aguas residuales urbanas procedentes de Craigavon (instalaciones de tratamiento de Ballynacor y Bullay’s Hill) así como de Magherafelt.
2)
Desestimar el recurso en lo demás.
3)
Condenar a la Comisión Europea al pago de las costas del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.
4)
La República Portuguesa cargará con sus propias costas.
(1) DO C 283 de 24.11.2007.
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