1.5.2010
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 113/3
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 3 de diciembre de 2009 — Comisión Europea/República Federal de Alemania
(Asunto C-424/07) (1)
(«Incumplimiento de Estado - Comunicaciones electrónicas - Directiva 2002/19/CE - Directiva 2002/21/CE - Directiva 2002/22/CE - Redes y servicios - Normativa nacional - Nuevos mercados»)
2010/C 113/03
Lengua de procedimiento: alemán
Partes
Demandante: Comisión Europea (representantes: G. Braun y A. Nijenhuis, agentes)
Demandada: República Federal de Alemania (representantes: M. Lumma, agente, asistido por C. Koenig, Professor, y S. Loetz, Rechtsanwalt)
Objeto
Incumplimiento de Estado — Infracción del artículo 8, apartado 4, de la Directiva 2002/19/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, relativa al acceso a las redes de comunicaciones electrónicas y recursos asociados, y a su interconexión (Directiva acceso) (DO L 108, p. 7), de los artículos 6, 7, 8, apartado 1, 15, apartado 3, y 16 de la Directiva 2002/21/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, relativa a un marco regulador común de las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas (Directiva marco) (DO L 108, p. 33), así como del artículo 17, apartado 2, de la Directiva 2002/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, relativa al servicio universal y los derechos de los usuarios en relación con las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas (Directiva servicio universal) (DO L 108, p. 51) — Definición, análisis y normativa de los mercados nuevos — Normativa nacional que define de forma general los «mercados nuevos» y establece requisitos restrictivos en lo referente a su regulación por la autoridad nacional de reglamentación y a la aplicación del procedimiento de consulta previsto por el Derecho comunitario relativo a las medidas dirigidas a definir y analizar dichos mercados.
Fallo
1)
Declarar que la República Federal de Alemania ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 8, apartado 4, de la Directiva 2002/19/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, relativa al acceso a las redes de comunicaciones electrónicas y recursos asociados, y a su interconexión (Directiva acceso), de los artículos 6 a 8, apartados 1 y 2, 15, apartado 3, y 16 de la Directiva 2002/21/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, relativa a un marco regulador común de las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas (Directiva marco), y del artículo 17, apartado 2, de la Directiva 2002/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, relativa al servicio universal y los derechos de los usuarios en relación con las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas (Directiva servicio universal), al adoptar el artículo 9a, de la Ley de telecomunicaciones (Telekommunikationsgesetz), de 22 de junio de 2004.
2)
Condenar en costas a la República Federal de Alemania.
(1) DO C 283, de 24.11.2007.
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