Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 11 de diciembre de 2008 — Comisión/España
(Asunto C‑480/07)
«Incumplimiento de Estado — Directiva 2000/59/CE — Instalaciones portuarias receptoras de desechos generados por buques y residuos de carga — No elaboración, aprobación ni aplicación de planes de recepción y manipulación de desechos en todos los puertos»
1. Recurso por incumplimiento — Examen de su fundamento por el Tribunal de Justicia — Situación que debe considerarse — Situación al expirar el plazo fijado por el dictamen motivado (Art. 226 CE) (véase el apartado 16)
2. Medio ambiente — Residuos — Directiva 2000/59/CE — Desechos generados por buques y residuos de carga (Art. 249 CE; Directiva 2000/59/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 5, ap. 1) (véanse los apartados 17 y 21 a 23)
Objeto
Incumplimiento de Estado — Infracción de los artículos 5, apartado 1, y 16, apartado 1, de la Directiva 2000/59/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, sobre instalaciones portuarias receptoras de desechos generados por buques y residuos de carga (DO L 332, p. 81) — No elaboración y/o aplicación de los planes de recepción y manipulación de desechos en todos los puertos sometidos a la jurisdicción de las Comunidades Autónomas.
Fallo
1)
Declarar que el Reino de España ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de los artículos 5, apartado 1, y 16, apartado 1, de la Directiva 2000/59/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, sobre instalaciones portuarias receptoras de desechos generados por buques y residuos de carga, al no haber elaborado, aprobado ni aplicado planes de recepción y manipulación de desechos para todos los puertos españoles.
2)
Condenar en costas al Reino de España.
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