AUTO DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Quinta)
de 28 de noviembre de 2008
Asunto C‑525/07 P
Philippe Combescot
contra
Comisión de las Comunidades Europeas
«Recurso de casación — Funcionarios — Informe de evolución de carrera — Deber de asistencia — Acoso moral — Reparación del perjuicio — Recurso de casación en parte manifiestamente inadmisible y en parte manifiestamente infundado»
Objeto: Recurso de casación interpuesto contra la sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Segunda) de 12 de septiembre de 2007, Combescot/Comisión (T‑249/04), por la que el Tribunal de Primera Instancia desestimó la pretensión de que, por una parte, se reconociera la ilicitud de los comportamientos de los superiores jerárquicos del recurrente, se reconociera el derecho del recurrente a la asistencia y se anulara su informe de evolución de carrera por lo que se refiere al período comprendido entre el 1 de julio de 2001 y el 31 de diciembre de 2002 y, por otra parte, se abonara una indemnización en reparación de los daños y perjuicios invocados por el recurrente.
Resultado: Se desestima el recurso de casación. Se condena al Sr. Combescot a cargar con las costas del recurso de casación.
Sumario
1. Recurso de casación — Motivos — Admisibilidad
[Art. 225 CE; Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 58, párr. 1; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, art. 112, ap. 1, letra c)]
2. Recurso de casación — Motivos — Apreciación errónea de los hechos — Inadmisibilidad — Control por el Tribunal de Justicia de la apreciación de las pruebas — Exclusión salvo en caso de desnaturalización
(Art. 225 CE; Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 58)
3. Recurso de casación — Motivos — Mera repetición de los motivos y alegaciones formulados ante el Tribunal de Primera Instancia — Inadmisibilidad
[Art. 225 CE; Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 58, párr. 1; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, art. 112, ap. 1, letra c)]
4. Recurso de casación — Motivos — Motivación insuficiente o contradictoria (Art. 225 CE; Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 58)
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