30.1.2010
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 24/70
Sentencia del Tribunal de la Función Pública (Sala Segunda) de 29 de septiembre de 2009 — O/Comisión
(Asuntos acumulados F-69/07 y F-60/08) (1)
(Función pública - Agentes contractuales - Artículo 88 del ROA - Estabilidad en el empleo - Artículo 100 del ROA - Reserva de carácter médico - Artículo 39 CE - Libre circulación de los trabajadores)
2010/C 24/127
Lengua de procedimiento: francés
Partes
Demandante: O (Bruselas, Bélgica) (representantes: S. Orlandi, A. Coolen, J.-N. Louis y É. Marchal, abogados)
Demandada: Comisión de las Comunidades Europeas (representantes: D. Martin y L. Lozano Palacios, agentes)
Parte coadyuvante: Consejo de la Unión Europea (representantes: inicialmente, en el asunto F-69/07, I. Šulce y M. Simm, agentes, y en el asunto F-60/08, I. Šulce y K. Zieleśkiewicz, agentes, y posteriormente, en ambos asuntos, K. Zieleśkiewicz y M. Bauer, agentes)
Objeto
F-69/07: Anulación de las decisiones de la Comisión por las que se establecen las condiciones de trabajo de la demandante como agente contractual, en la medida en que, por un lado, disponen la aplicación de la reserva contemplada en el artículo 100 del ROA y en el artículo 1 del anexo VIII del Estatuto de los Funcionarios y, por otro lado, limitan la duración del contrato al período comprendido entre el 16 de septiembre de 2006 y el 15 de septiembre de 2009.
F-60/08: Anulación de la decisión de la Comisión de aplicar a la demandante, tras el dictamen de la comisión de invalidez, la cláusula de reserva contemplada en el artículo 100 del ROA.
Fallo
1)
Anular la decisión de la Comisión de las Comunidades Europeas de 14 de septiembre de 2006 en la medida en que impone una reserva de carácter médico a la parte demandante.
2)
Desestimar por infundadas las demás pretensiones del recurso F-69/07.
3)
Declarar la inadmisibilidad del recurso F-60/08.
4)
En el asunto F-69/07, condenar a la Comisión de las Comunidades Europeas a cargar con sus propias costas y con la mitad de las costas de la parte demandante.
5)
Condenar a la parte demandante a cargar con la mitad de sus propias costas en el asunto F-69/07 y a cargar con sus costas y con las de la Comisión de las Comunidades Europeas en el asunto F-60/08.
6)
El Consejo de la Unión Europea cargará con sus propias costas en ambos asuntos.
(1) F-69/07: DO C 235, de 6.10.2007, p. 29.
F-60/08: DO C 223, de 30.8.2008, p. 63.
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