29.3.2008
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 79/37
Recurso interpuesto el 4 de diciembre de 2007 — Sergio y otros/Comisión
(Asunto F-137/07)
(2008/C 79/72)
Lengua de procedimiento: francés
Partes
Demandantes: Giovanni Sergio (Bruselas, Bélgica) y otros (representante: M. Lucas, abogado)
Demandada: Comisión de las Comunidades Europeas
Objeto y descripción del litigio
Anulación del «Protocolo de acuerdo entre las organizaciones sindicales y profesionales (OSP) y la Dirección General de Personal y Administración (DG ADMIN», así como de las decisiones de la autoridad facultada para proceder a los nombramientos (AFPN) confirmadas por el Protocolo de 16 de diciembre de 2006 y de la decisión de 14 de noviembre de 2006 — Pretensión de una indemnización de un euro simbólico.
Pretensiones de las partes demandantes
—
Que se anule el «Protocolo de acuerdo entre las organizaciones sindicales y profesionales (OSP) y la DG ADMIN relativa a la asignación de recursos para la representación del personal correspondiente al año 2006» comunicado al Secretario de la Alliance y a los Presidentes de la Union Syndicale Fédérale (USF) y de la Fédération de la fonction publique européenne (FFPE) mediante nota de 19 de diciembre de 2006 del Director General de Personal y Administración.
—
Que se anulen las decisiones individuales de dispensa del servicio adoptadas en favor de los representantes de la Alliance y/o de la FFPE al amparo de dicho Protocolo o del cálculo de 26 de mayo de 2006 de la representatividad de las OSP a partir de los resultados de las elecciones de mayo de 2006 de la sección local de Bruselas y confirmadas por el Protocolo de 19 de diciembre de 2006.
—
Que se anule la decisión de 14 de noviembre de 2006 del Director General de Personal y Administración por la que se puso fin a la comisión de servicio a media jornada del Sr. Márquez-García y se le reintegró a tiempo completo en su servicio.
—
Que se condene a la Comisión a abonar a cada uno de los demandantes un euro simbólico como indemnización por el daño moral y político sufrido como representantes de la Union Syndicale y por el daño moral y profesional sufrido como funcionarios o agentes.
—
Que se condene en costas a la parte demandada.
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