Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Sexta) de 18 de diciembre de 2008 — Torres/OAMI — Gala-Salvador Dalí (TG Torre Galatea)
(Asunto T‑8/07)
«Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca comunitaria figurativa TG Torre Galatea — Marca comunitaria denominativa anterior TORRES 10 — Motivo de denegación relativo — Inexistencia de riesgo de confusión»
Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior [Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 43 y 71)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución dictada por la Segunda Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) el 24 de octubre de 2006 (asunto R 168/2006‑2) relativa al procedimiento de oposición entre Miguel Torres, S.A., y Fundación Gala-Salvador Dalí.
Datos relativos al asunto
Solicitante de la marca comunitaria:
Fundación Gala-Salvador Dalí
Marca comunitaria solicitada:
Marca figurativa TG Torre Galatea para productos de la clase 33 — Solicitud nº 2.730.513
Titular de la marca o del signo invocados en oposición:
Miguel Torres, S.A.
Marca o signo invocados en oposición:
Marca denominativa comunitaria TORRES 10 para productos de la clase 33 (Solicitud nº 466.896) y otras muchas marcas comunitarias, nacionales e internacionales
Resolución de la División de Oposición:
Estimación de la oposición y denegación de la solicitud de registro
Resolución de la Sala de Recurso:
Estimación del recurso, anulación de la resolución impugnada y desestimación de la oposición
Fallo
1)
Desestimar el recurso.
2)
Condenar en costas a Miguel Torres, S.A.
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