Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Primera) de 12 de noviembre de 2008 — Scil proteins/OAMI — Indena (affilene)
(Asunto T‑87/07)
«Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca comunitaria figurativa affilene — Marca comunitaria denominativa anterior AFFILIN — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Similitud entre los productos — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) nº 40/94»
Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior [Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 40 a 42 y 45 a 52)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la OAMI de 23 de enero de 2007 (asunto R 10/2006-2) relativa a un procedimiento de oposición entre Scil proteins GmbH e Indena SpA.
Datos relativos al asunto
Solicitante de la marca comunitaria:
Indena SpA
Marca comunitaria solicitada:
Marca figurativa affilene para productos de la clase 1 — Solicitud nº 2.751.931
Titular de la marca o del signo invocados en oposición:
Scil proteins GmbH
Marca o signo invocados en oposición:
Marca denominativa comunitaria AFFILIN para productos de las clases 1 y 5 — Registro nº 2.583.391
Resolución de la División de Oposición:
Estimación de la oposición
Resolución de la Sala de Recurso:
Estimación parcial de la oposición
Fallo
1)
Anular la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI) de 23 de enero de 2007 (asunto R 10/2006-2) en la parte en que desestima la oposición respecto a los productos siguientes: «extractos de plantas medicinales para su utilización en la industria cosmética y alimenticia, no para fines de diagnóstico».
2)
Condenar en costas a la OAMI.
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