Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Octava) de 2 de abril de 2008 — Eurocopter/OAMI (STEADYCONTROL)
(Asunto T‑181/07)
«Marca comunitaria — Solicitud de marca denominativa comunitaria STEADYCONTROL — Motivo de denegación absoluto — Carácter descriptivo — Artículo 7, apartado 1, letra c), del Reglamento (CE) nº 40/94»
Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto [Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo, art. 7, ap. 1, letra c)] (véanse los apartados 46, 50 y 55)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI de 12 de marzo de 2007 (asunto R 8/2006‑4), relativa a una solicitud de registro, como marca comunitaria, de la marca denominativa STEADYCONTROL.
Datos relativos al asunto
Solicitante de la marca comunitaria:
Eurocopter SAS
Marca comunitaria solicitada:
Marca denominativa STEADYCONTROL para productos de las clases 9, 12 y 38 — Solicitud nº 3.560.935
Resolución del examinador:
Denegación parcial de registro para productos de las clases 9 y 12
Resolución de la Sala de Recurso:
Desestimación del recurso
Fallo
1)
Desestimar el recurso.
2)
Condenar en costas a Eurocopter SAS.
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