Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Cuarta) de 8 de julio de 2009 — Laboratorios del Dr. Esteve/OAMI — Ester C (ESTER-E)
(Asunto T‑230/07)
«Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca comunitaria denominativa ESTER-E — Marca comunitaria figurativa anterior ESTEVE — Motivo de denegación relativo — Inexistencia de riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) nº 40/94 [actualmente artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) nº 207/2009]»
Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior [Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 39, 41, 46, 48, 56 y 60)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la OAMI de 17 de abril de 2007 (asunto R 737/2006-2) relativa a un procedimiento de oposición entre Laboratorios del Dr. Esteve, S.A., y The Ester C Company.
Datos relativos al asunto
Solicitante de la marca comunitaria:
The Ester C Company
Marca comunitaria solicitada:
Marca comunitaria denominativa ESTER-E para los productos y servicios de las clases 3 y 5 — Solicitud nº 3.163.946
Titular de la marca o del signo invocados en oposición:
Laboratorios del Dr. Esteve, SA
Marca o signo invocados en oposición:
Marca comunitaria figurativa ESTEVE para los productos de las clases 1, 5 y 42 y marcas nacionales figurativas ESTEVE y ESTEVE-LABORATORIO DEL DR. ESTEVE S.A. para los productos de la clase 5
Resolución de la División de Oposición:
Estimación de la oposición
Resolución de la Sala de Recurso:
Desestimación de la oposición
Fallo
1)
Desestimar el recurso.
2)
Condenar en costas a Laboratorios del Dr. Esteve, S.A.
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