Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Octava) de 26 de noviembre de 2008 — New Look/OAMI (NEW LOOK)
(Asunto T‑435/07)
«Marca comunitaria — Solicitud de marca denominativa comunitaria NEW LOOK — Motivo de denegación absoluto — Falta de carácter distintivo adquirido por el uso — Artículo 7, apartado 3, del Reglamento (CE) nº 40/94»
Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Marcas carentes de carácter distintivo [Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo, art. 7, ap. 3] (véanse los apartados 18 y 23 a 26)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la OAMI de 3 de septiembre de 2007 (asunto R 670/2007-2) relativa al registro del signo denominativo NEW LOOK como marca comunitaria.
Datos relativos al asunto
Solicitante de la marca comunitaria:
New Look Ltd
Marca comunitaria solicitada:
Marca denominativa NEW LOOK para productos y servicios de las clases 3, 9, 14, 16, 18, 25, 26 y 35 — Solicitud nº 2.932.606
Resolución del examinador:
Denegación del registro
Resolución de la Sala de Recurso:
Desestimación del recurso
Fallo
1)
Desestimar el recurso.
2)
Condenar en costas a New Look Ltd.
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