12.1.2008
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 8/23
Recurso interpuesto el 16 de noviembre de 2007 — Helge B. Cohausz/OAMI — Izquierdo Faces (acopat)
(Asunto T-409/07)
(2008/C 8/41)
Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés
Partes
Demandante: Prof. Dr.-Ing. Helge B. Cohausz (Düsseldorf, Alemania) (representante: I. Friedhoff, abogado)
Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: José Izquierdo Faces (Bilbao, España)
Pretensiones de la parte demandante
—
Que se anule la resolución de la Primera Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) de 6 de septiembre de 2007 (asunto R 289/2006-1).
—
Que se condene en costas a la otra parte en el procedimiento y a la OAMI.
Motivos y principales alegaciones
Marca comunitaria registrada, respecto a la que se presentó una solicitud de nulidad: La marca figurativa «acopat» para servicios de las clases 35 y 42 — Marca comunitaria no 1.643.782
Titular de la marca comunitaria: José Izquierdo Faces
Solicitante de la nulidad de la marca comunitaria: El demandante
Derecho de marca del solicitante de la nulidad: La marca denominativa nacional «COPAT» para productos y servicios de las clases 9, 35, 41 y 42
Resolución de la División de Anulación: Nulidad de la marca comunitaria
Resolución de la Sala de Recurso: Anulación de la resolución de la División de Anulación y desestimación de la solicitud de nulidad
Motivos invocados: La Sala de Recurso infringió el artículo 56, apartados 2 y 3, del Reglamento no 40/94 del Consejo y las reglas 22, apartado 2, y 40, apartado 5, del Reglamento no 2868/95 de la Comisión, al considerar erróneamente que la marca nacional no había sido utilizada en Alemania durante el período de 1996 a 2001.
Full & Egal Universal Law Academy