1.8.2009
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 180/14
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 4 de junio de 2009 (petición de decisión prejudicial planteada por el Sozialgericht Nürnberg, Alemania) — Athanasios Vatsouras (asunto C-22/08), Josif Koupatantze (asunto C-23/08)/Arbeitsgemeinschaft (ARGE) Nürnberg 900
(Asuntos acumulados C-22/08 y C-23/08) (1)
(«Ciudadanía de la Unión - Libre circulación de personas - Artículos 12 CE y 39 CE - Directiva 2004/38/CE - Artículo 24, apartado 2 - Apreciación de validez - Nacionales de un Estado miembro - Actividad profesional en otro Estado miembro - Nivel de la retribución y duración de la actividad - Mantenimiento del estatuto de “trabajador” - Derecho de los demandantes de empleo a la percepción de prestaciones»)
2009/C 180/22
Lengua de procedimiento: alemán
Órgano jurisdiccional remitente
Sozialgericht Nürnberg
Partes en el procedimiento principal
Demandantes: Athanasios Vatsouras (asunto C-22/08), Josif Koupatantze (asunto C-23/08)
Demandada: Arbeitsgemeinschaft (ARGE) Nürnberg 900
Objeto
Petición de decisión prejudicial — Sozialgericht Nürnberg — Validez del artículo 24, apartado 2, de la Directiva 2004/38/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativa al derecho de los ciudadanos de la Unión y de los miembros de sus familias a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros por la que se modifica el Reglamento (CEE) no 1612/68 y se derogan las Directivas 64/221/CEE, 68/360/CEE, 72/194/CEE, 73/148/CEE, 75/34/CEE, 75/35/CEE, 90/364/CEE, 90/365/CEE y 93/96/CEE (DO L 158, p. 77) — Interpretación de los artículos 12 CE y 39 CE — Derecho a prestaciones de asistencia social para un nacional de otro Estado miembro que se halla en situación de desempleo y que ha ejercido antes una actividad profesional menor en el Estado miembro de que se trata — Normativa nacional que excluye de la asistencia social a los nacionales de otros Estados miembros en el supuesto de que se supere la duración máxima de residencia a que se refiere el artículo 6 de la Directiva 2004/38 y de no disponer de ningún otro derecho de residencia.
Fallo
1)
Respecto al derecho de los nacionales de los Estados miembros que buscan trabajo en otro Estado miembro, el examen de la primera cuestión no ha puesto de relieve ningún elemento que pueda afectar a la validez del artículo 24, apartado 2, de la Directiva 2004/83/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativa al derecho de los ciudadanos de la Unión y de los miembros de sus familias a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros por la que se modifica el Reglamento (CEE) no 1612/68 y se derogan las Directivas 64/221/CEE, 68/360/CEE, 72/194/CEE, 73/148/CEE, 75/34/CEE, 75/35/CEE, 90/364/CEE, 90/365/CEE y 93/96/CEE.
2)
El artículo 12 CE no se opone a una normativa nacional que excluye a los nacionales de los Estados miembros del acceso a prestaciones de asistencia social mientras que las concede a los nacionales de Estados terceros.
(1) DO C 107, de 26.4.2008.
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