9.7.2011
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 204/2
Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 24 de mayo de 2011 — Comisión Europea/Reino de Bélgica
(Asunto C-47/08) (1)
(Incumplimiento de Estado - Artículo 43 CE - Libertad de establecimiento - Notarios - Requisito de nacionalidad - Artículo 45 CE - Participación en el ejercicio del poder público - Directiva 89/48/CEE)
2011/C 204/02
Lengua de procedimiento: francés
Partes
Demandante: Comisión Europea (representantes: J.-P. Keppenne, H. Støvlbæk y G. Zavvos, agentes)
Parte coadyuvante en apoyo de la parte demandante: Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (representante: S. Ossowski, agente)
Demandada: Reino de Bélgica (representantes: C. Pochet, L. Van den Broeck, agentes, H. Gilliams, L. Goossens, avocats)
Partes coadyuvantes en apoyo de la parte demandada: República Checa (representante: M. Smolek, agente), República Francesa (representantes: G. de Bergues y B. Messmer, agentes), República de Letonia (representantes: L. Ostrovska, K. Drēviņa y J. Barbale, agentes), República de Lituania (representante: D. Kriaučiūnas, agente), República de Hungría (representantes: J. Fazekas, R. Somssich, K. Veres y M. Fehér, agentes), República Eslovaca (representantes: J. Čorba y B. Ricziová, agentes)
Objeto
Incumplimiento de Estado — Infracción de los artículos 43 CE y 45 CE — Normativa nacional que supedita el acceso a la profesión de notario y su ejercicio a un requisito de nacionalidad — Obstáculo a la libertad de establecimiento — Alcance de la excepción relativa a las actividades relacionadas con el ejercicio del poder público — Necesidad de una participación directa y específica en dicho ejercicio — No transposición, por lo que atañe a la profesión de notario, de la Directiva 89/48/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1988, relativa a un sistema general de reconocimiento de los títulos de enseñanza superior que sancionan formaciones profesionales de una duración mínima de tres años (DO 1989, L 19, p. 16).
Fallo
1)
Declarar que el Reino de Bélgica ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 43 CE al imponer un requisito de nacionalidad para acceder a la profesión de notario.
2)
Desestimar el recurso en todo lo demás.
3)
La Comisión Europea, el Reino de Bélgica, la República Checa, la República Francesa, la República de Letonia, la República de Lituania, la República de Hungría, la República Eslovaca y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte cargarán con sus propias costas.
(1) DO C 128, de 24.5.2008.
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