9.7.2011
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 204/2
Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 24 de mayo de 2011 — Comisión Europea/República Francesa
(Asunto C-50/08) (1)
(Incumplimiento de Estado - Artículo 43 CE - Libertad de establecimiento - Notarios - Requisito de nacionalidad - Artículo 45 CE - Participación en el ejercicio del poder público)
2011/C 204/03
Lengua de procedimiento: francés
Partes
Demandante: Comisión Europea (representantes: J.-P. Keppenne y H. Støvlbæk, agentes)
Parte coadyuvante en apoyo de la demandante: Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (representantes: E. Jenkinson y S. Ossowski, agentes)
Demandada: República Francesa (representantes: E. Belliard, G. de Bergues y B. Messmer, agentes)
Partes coadyuvantes en apoyo de la demandada: República de Bulgaria (representantes: T. Ivanov y E. Petranova, agentes), República Checa (representante: M. Smolek, agente), República de Letonia (representantes: L. Ostrovska, K. Drēviņa y J. Barbale, agentes), República de Lituania (representantes: D. Kriaučiūnas y E. Matulionytė, agentes), República de Hungría (representantes: R. Somssich, K. Veres y M. Fehér, agentes), Rumanía (representantes: C. Osman, A. Gheorghiu, A. Stoia, y A. Popescu, agentes), República Eslovaca (representantes: J. Čorba y B. Ricziová, agentes)
Objeto
Incumplimiento de Estado — Infracción de los artículos 43 CE y 45 CE — Normativa nacional que supedita el acceso a la profesión de notario y su ejercicio a un requisito de nacionalidad — Obstáculo a la libertad de establecimiento — Alcance de la excepción relativa a las actividades relacionadas con el ejercicio del poder público — Necesidad de una participación directa y específica en dicho ejercicio.
Fallo
1)
Declarar que la República Francesa ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 43 CE al imponer un requisito de nacionalidad para acceder a la profesión de notario.
2)
Condenar en costas a la República Francesa.
3)
La República de Bulgaria, la República Checa, la República de Letonia, la República de Lituania, la República de Hungría, Rumanía, la República Eslovaca y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte soportarán sus propias costas.
(1) DO C 128, de 24.5.2008.
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