9.7.2011
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 204/5
Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 24 de mayo de 2011 — Comisión Europea/República Helénica
(Asunto C-61/08) (1)
(Incumplimiento de Estado - Artículo 43 CE - Libertad de establecimiento - Notarios - Requisito de nacionalidad - Artículo 45 CE - Participación en el ejercicio del poder público - Directiva 89/48/CEE)
2011/C 204/08
Lengua de procedimiento: griego
Partes
Demandante: Comisión Europea (representantes: G. Zavvos y H. Støvlbæk, agentes)
Parte coadyuvante en apoyo de la parte demandante: Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (representante: S. Ossowski, agente)
Demandada: República Helénica (representantes: V. Christianos, E.-M. Mamouna y A. Samoni-Rantou, agentes)
Partes coadyuvantes en apoyo de la parte demandada: República Checa (representante: M. Smolek, agente), República Francesa (representantes: G. de Bergues y B. Messmer, agentes) República de Lituania (representantes: D. Kriaučiūnas y E. Matulionytė, agentes), República de Eslovenia (representantes: V. Klemenc y Ž. Cilenšek Bončina, agentes), República Eslovaca (representantes: J. Čorba y B. Ricziová, agentes)
Objeto
Incumplimiento de Estado — Infracción de los artículos 43 CE y 45 CE, así como de la Directiva 89/48/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1988, relativa a un sistema general de reconocimiento de los títulos de enseñanza superior que sancionan formaciones profesionales de una duración mínima de tres años (DO L 19, p. 16) — Normativa nacional que supedita a un requisito de nacionalidad el ejercicio de la profesión de notario.
Fallo
1)
Declarar que la República Helénica ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 43 CE al imponer un requisito de nacionalidad para acceder a la profesión de notario.
2)
Desestimar el recurso en todo lo demás.
3)
La Comisión Europea, la República Helénica, la República Checa, la República Francesa, la República de Lituania, la República de Eslovenia, la República Eslovaca y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte cargarán con sus propias costas.
(1) DO C 92, de 12.4.2008.
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