3.7.2010
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 179/3
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 14 de enero de 2010 (petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesgerichtshof — Alemania) — Zentrale zur Bekämpfung unlauteren Wettbewerbs eV/Plus Warenhandelsgesellschaft mbH
(Asunto C-304/08) (1)
(Directiva 2005/29/CE - Prácticas comerciales desleales - Normativa nacional que establece una prohibición por principio de las prácticas que supeditan la participación de los consumidores en un juego promocional a la adquisición de un bien o la contratación de un servicio)
2010/C 179/03
Lengua de procedimiento: alemán
Órgano jurisdiccional remitente
Bundesgerichtshof
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Zentrale zur Bekämpfung unlauteren Wettbewerbs eV
Demandada: Plus Warenhandelsgesellschaft mbH
Objeto
Petición de decisión prejudicial — Bundesgerichtshof (Alemania) — Interpretación del artículo 5, apartado 2, de la Directiva 2005/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de mayo de 2005, relativa a las prácticas comerciales desleales de las empresas en sus relaciones con los consumidores en el mercado interior, que modifica la Directiva 84/450/CEE del Consejo, las Directivas 97/7/CE, 98/27/CE y 2002/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y el Reglamento (CE) no 2006/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 149, p. 22) — Práctica comercial que asocia la venta de productos a un juego promocional que permite al cliente participar en sorteos de la lotería nacional cuando acumula un determinado número de puntos de bonificación obtenidos al comprar productos — Normativa nacional según la cual una práctica comercial que supedita la participación de los consumidores en un concurso o un juego a la adquisición de un bien o servicio es por principio ilícita, independientemente de que la promoción concreta afecte a los intereses de los consumidores.
Fallo
La Directiva 2005/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de mayo de 2005, relativa a las prácticas comerciales desleales de las empresas en sus relaciones con los consumidores en el mercado interior, que modifica la Directiva 84/450/CEE del Consejo, las Directivas 97/7/CE, 98/27/CE y 2002/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y el Reglamento (CE) no 2006/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo («Directiva sobre las prácticas comerciales desleales»), debe interpretarse en el sentido de que se opone a una normativa nacional, como la controvertida en el litigio principal, que establece una prohibición por principio, sin tener en cuenta las circunstancias específicas del caso concreto, de las prácticas comerciales que supeditan la participación de los consumidores en un concurso o en un juego promocionales a la adquisición de un bien o la contratación de un servicio.
(1) DO C 247, de 27.9.2008.
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