3.7.2010
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 179/5
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 20 de mayo de 2010 (petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgerichtshof — Austria) — Agrana Zucker GmbH/Bundesminister für Land- und Forstwirtschaft, Umwelt und Wasserwirtschaft
(Asunto C-365/08) (1)
(Azúcar - Reglamento (CE) no 318/2006 - Artículo 16 - Cálculo del importe del canon de producción - Inclusión de la cantidad de azúcar de cuota afectada por la retirada del mercado en la base de cálculo del canon - Principios de proporcionalidad y de no discriminación)
2010/C 179/07
Lengua de procedimiento: alemán
Órgano jurisdiccional remitente
Verwaltungsgerichtshof
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Agrana Zucker GmbH
Demandada: Bundesminister für Land- und Forstwirtschaft, Umwelt und Wasserwirtschaft
Objeto
Petición de decisión prejudicial — Verwaltungsgerichtshof (Austria) — Interpretación del artículo 34 CE, en particular del principio de no discriminación, y de los principios de confianza legítima y de proporcionalidad — Interpretación y validez del artículo 16 del Reglamento (CE) no 318/2006 del Consejo, de 20 de febrero de 2006, por el que se establece la organización común de mercados en el sector del azúcar (DO L 58, p. 1) — Inclusión, para el cálculo del importe del canon de producción, de la parte de la cuota de azúcar que ha sido objeto de una retirada preventiva del mercado con arreglo al artículo 1 del Reglamento (CE) no 290/2007 de la Comisión, de 16 de marzo de 2007, que fija, para la campaña de comercialización 2007/2008, el porcentaje previsto en el artículo 19 del Reglamento (CE) no 318/2006 del Consejo (DO L 78, p. 20).
Fallo
1)
El artículo 16 del Reglamento (CE) no 318/2006 del Consejo, de 20 de febrero de 2006, por el que se establece la organización común de mercados en el sector del azúcar, debe interpretarse en el sentido de que la cantidad de azúcar de cuota afectada por la retirada del mercado en virtud del artículo 19 de dicho Reglamento y del artículo 1 del Reglamento no 290/2007 de la Comisión, de 16 de marzo de 2007, que fija, para la campaña de comercialización 2007/08, el porcentaje previsto en el artículo 19 del Reglamento (CE) no 318/2006, está incluida en la base de cálculo del canon de producción.
2)
El examen de la segunda cuestión prejudicial no ha puesto de manifiesto ningún elemento que pueda afectar a la validez del artículo 16 del Reglamento no 318/2006.
(1) DO C 285, de 8.11.2008.
Full & Egal Universal Law Academy