15.1.2011
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 13/2
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 18 de noviembre de 2010 — Comisión Europea/República Portuguesa
(Asunto C-458/08) (1)
(Incumplimiento de Estado - Vulneración del artículo 49 CE - Sector de la construcción - Exigencia de autorización para el ejercicio de una actividad en este sector - Justificación)
2011/C 13/03
Lengua de procedimiento: portugués
Partes
Demandante: Comisión Europea (representantes: E. Traversa y P. Guerra e Andrade, agentes)
Demandada: República Portuguesa (representantes: L. Inez Fernandes y F. Nunes dos Santos, agentes)
Parte coadyuvante en apoyo de la demandante: República de Polonia (representante: M. Dowgielewicz, agente)
Objeto
Incumplimiento de Estado — Vulneración del artículo 49 CE — Sector de la construcción — Exigencia de licencia para poder ejercer una actividad en este sector.
Fallo
1)
La República Portuguesa ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 49 CE, al exigir a los prestadores de servicios de construcción establecidos en otro Estado miembro el cumplimiento de todos los requisitos a los que el régimen nacional controvertido, en particular el Decreto-ley no 12/2004, de 9 de enero, supedita la obtención de una autorización para ejercer en Portugal una actividad en el sector de la construcción y al excluir, por tanto, que se tengan debidamente en cuenta las obligaciones equivalentes que se imponen a estos prestadores en el Estado miembro en que se encuentran establecidos, así como las verificaciones ya efectuadas a este respecto por las autoridades de este último Estado.
2)
Condenar en costas a la República Portuguesa.
3)
La República de Polonia cargará con sus propias costas.
(1) DO C 327, de 20.12.2008.
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